El “hombre cero”, trabajo femenino y responsabilidad civil
- Centro de Estudios Jurídicos
- 21 dic 2020
- 4 Min. de lectura

María Paz Gatica
Profesora de derecho civil
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Universidad Austral de Chile – Sede Puerto Montt
El reportaje “Radiografía del Hombre Cero”, publicado en Revista Ya en su edición del 8 de diciembre, muestra y comenta los resultados de un estudio, aun no disponible en línea, realizado por el Centro UC de Encuestas y Estudios Longitudinales en conjunto con ONU Mujeres y el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Los datos revelados son alarmantes: el 38% de los hombres encuestados reconoce que destina cero horas semanales a las tareas domésticas básicas; el 57% indica dedicar cero horas a tareas relacionadas con el cuidado de niños y niñas; y el 71% reconoce dedicar cero horas al apoyo en tareas escolares de esos niños y niñas.
Tristemente, los resultados son coherentes con aquel los que arrojó la Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo, realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas en 2015. Conforme a este estudio, en un día tipo las mujeres dedican un promedio de 5,89 horas al trabajo no remunerado, esto es, “las actividades de trabajo doméstico, de cuidados y de apoyo a otros hogares, la comunidad y trabajo voluntario”. Los hombres, por su parte, dedican 2,74 horas en promedio (p. 21).
Más recientemente, un estudio publicado en 2019 por la organización ComunidadMujer, denominado “¿Cuánto aportamos al PIB?”, sostiene que, conforme a su valoración según el costo de reemplazo especializado, “el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado equivale al 21,8% del PIB ampliado”, lo que supera a cualquier rama de la actividad económica nacional (pp. 56-57). De dicho trabajo, el 71% es realizado por mujeres (p. 53).
Lo que estos estudios nos dicen es simple y claro: el peso del trabajo no remunerado recae fundamentalmente en las mujeres, y ese trabajo ciertamente tiene un valor económico relevante, aun cuando el mercado no reconozca ese valor a través de la remuneración. Pero esto es algo que seguramente ya sabíamos o, al menos, intuíamos. Quizás ignorábamos la magnitud del problema. Sin embargo, un punto que poco nos hemos detenido a revisar es el impacto que tienen estos datos en la responsabilidad civil.
Bien sabemos que la pérdida de la capacidad de realizar un trabajo es reconocida en el derecho de la responsabilidad civil a través de la figura del lucro cesante. Así, si la víctima de un delito o cuasidelito civil realizaba un trabajo remunerado y, como consecuencia del accidente, queda en condiciones de no poder realizarlo, se le indemnizará a título de lucro cesante. Ello, por cierto, en la medida en que pueda sortear los obstáculos que tradicionalmente impone la estricta aproximación de nuestros tribunales a la exigencia de demostrar la certeza del daño y su proyección en el tiempo.
Sin embargo, la figura descansa sobre un presupuesto básico: el trabajo cuya capacidad de realización se ha perdido debe haber sido remunerado. Las remuneraciones que la víctima percibía al momento del accidente son el punto de partida de la valoración del lucro cesante. El trabajo no remunerado, para efectos del lucro cesante, no es verdaderamente un trabajo, aun cuando claramente ese trabajo tiene un valor económico. Ciertamente la valoración de ese daño presenta dificultades, y podrá discutirse cuál es la mejor fórmula para realizarlo, pero resulta inadmisible sostener que ese trabajo no tiene valor económico o que es imposible de valorar. Considerando que el trabajo no remunerado es asumido en nuestro país mayoritariamente por mujeres, la cuestión las impacta de manera desigual respecto de los hombres.
El segundo problema que surge desde la perspectiva de la responsabilidad civil ocurre no cuando la víctima pierde la capacidad de realizar un trabajo no remunerado, sino cuando, a consecuencia del accidente, la víctima -normalmente por repercusión- ve aumentada sustancialmente su carga de trabajo no remunerado, debiendo dejar de realizar o disminuir su carga de trabajo remunerado. Ello ocurre, por ejemplo, cuando debe hacerse cargo de un familiar que pasa a requerir cuidados constantes o no puede valerse por sí mismo. Nuevamente, como nos muestran los estudios, el trabajo de cuidados se radica mayoritariamente en mujeres.
En estos casos, la visión tradicional diría que se trata, en realidad, de un daño emergente de la víctima directa que pasa a requerir esos cuidados, y se le debiera indemnizar conforme al costo de contratar esos cuidados de parte de un tercero. Pero, ¿qué ocurre si ese cuidado es asumido gratuitamente por un familiar? Asimismo, aun si reconociéramos un daño en la persona que abandona o reduce su carga de trabajo remunerado, un análisis ortodoxo posiblemente cuestionaría la existencia del vínculo causal entre el accidente y una decisión como la descrita. Sin embargo, no debe perderse de vista que existen factores culturales y expectativas sociales que determinan que las mujeres asuman esos cuidados, tensionando la real voluntariedad de la referida decisión.
La buena noticia frente a todo esto es que, en ocasiones, daños como los descritos sí se reparan. La mala noticia es que se indemnizan a través de la figura del daño moral. Ello presenta dos problemas: uno simbólico y uno práctico. El simbólico es que la indemnización por la vía del daño moral desconoce el valor del trabajo de la mujer como lo que es, un verdadero trabajo. El práctico es que deja entregada su valoración a la prudencia de los jueces de instancia que, como sabemos, puede arrojar resultados muy variables y exige escasos esfuerzos de justificación, quedando asimismo fuera del control de la Corte Suprema por vía de casación.
En consecuencia, si estamos comprometidos con una real igualdad de género, ya es tiempo de que comencemos a mirar a la responsabilidad civil, en particular a las categorías de los daños, desde otra perspectiva, y reconozcamos que el derecho tiene problemas para reconocer como daños ciertas experiencias que no tienen un evidente análogo masculino. Estos problemas deben abordarse de frente, por muy difíciles que sean.
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